martes, 17 de mayo de 2011

NUEVA AREA DE ATENCION INMOBILIARIA


Motivados por el gran dinamismo que hoy existe en esta área. Nuestra organización se ha dado a la tarea de crear un espacio especializado, cuyos objetivos son dar certeza y seguridad jurídica a las partes que intervienen en esta clase de negociaciones.
A través de un modelo de asistencia preventiva, brindamos a los interesados en adquirir un bien raíz herramientas que permiten conocer la “salud legal” del inmueble, y las formas de adquisición no solo de tipo institucionalizado. Cerramos el círculo de negociación brindando al oferente alternativas de tipo convencional que sirven como una opción para el cierre de su operación.
No obstante en el tratamiento del tema se presentan casos como la regularización administrativa –catastro, inmatriculaciones, etc.-, lotificaciones, permisos y licencias de construcción,intestados y los relativos a las acciones reales –plenaria y reivindicatoria-.
Si usted tiene alguna duda o comentario lo invitamos a participar. ESBRIBANOS

sábado, 7 de mayo de 2011

LOS RIESGOS DE NO ESCRITURAR


Es costumbre no muy buena el comprar un bien raíz, las personas crean haber satisfecho la operación con el traslado de dominio que se realiza en la oficina catastral, lo cierto es que se trata solo de un primer paso, y es que antes de comprar y después de hacerlo se deben realizar una serie de actos que procuren una compraventa sana.
Al no escriturar, los derechos que una cesión debe crear permanecen inciertos, vagos o difusos; es más el propio artículo 186 del Código Financiero del Estado de México advierte: “la inscripción de un inmueble en le padrón catastral no genera por sí misma, ningún derecho de propiedad o posesión a favor de persona a cuyo nombre aparezca inscrito”
¿Quién no ha conocido el típico caso en donde un vendedor realiza una doble venta o aquel en donde de repente aparece otro dueño o quien se haga “dueño” por el trascurso del tiempo? Y es que aunque haya en cada uno de estos ejemplos circunstancias que les son muy propias, el común denominador que priva es: LA FALTA DE ESCRITURA PÚBLICA.

Este documento que se obtiene ya sea a través de la promoción judicial o gestión notarial respectiva, da certeza jurídica a la operación de compraventa y en un momento dado otorga derechos de preferencia frente a un titulo similar pero de registro posterior.

La escritura tiene otra ventaja, la financiera; pues para el acreditante significa otorgar un financiamiento en condiciones preferenciales a su acreditado, con la certeza de ver garantizado el pago. Una ventaja más, sino se tiene la necesidad de crédito pero no hay certeza de la buena marcha de la administración de mi patrimonio y quiero que este quede a salvo de gravámenes o embargos, escriturar es el primer paso para constituir “el patrimonio familiar”, el cual es inembargable.

En fin cada quien conoce su condición, si tiene dudas o desea una orientación visítenos, escriba o llámenos:
e-mail: abogadosdeempresa22@gmail.com
Tel 552843-8627

jueves, 21 de abril de 2011

COMO HAGO DE MI NEGOCIO UNA FRANQUICIA


Debemos iniciar nuestro tema con una advertencia del maestro Raúl Torres Jiménez: “tenga en cuenta que una franquicia representa mucho trabajo y dedicación para que prospere como desea. Pues si bien no es una fórmula mágica, puede ser una excelente inversión con dedicación y aptitudes para desarrollar una empresa a título individual. En este sentido si desea ser franquiciado deberá tener en cuenta factores personales, de conocimiento del sector y del negocio y finalmente, de las características de la propia franquicia….”
Ahora bien, la Ley de Propiedad Industrial en su artículo 142 establece:
Existirá franquicia cuando con la licencia de uso de marca, otorgada por escrito, se trasmitan conocimientos técnicos o se proporcione asistencia técnica, para que la persona a quien se le concede pueda producir bienes o prestar servicios de manera uniforme y con los métodos operativos, comerciales y administrativos establecidos por el titular de la marca tendientes a mantener la calidad, prestigio e imagen de los productos o servicios a los que esta distingue.
De esta definición podemos desprender 4 elementos:
1.- LA MARCA. Es el elemento detonador. A través de un estudio preliminar se puede saber si una marca o signo distintivo está vacante y por ello puede ser utilizado. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ha dispuesto el sistema de búsqueda de antecedentes fonéticos y figurativos, el cual sirve para el inicio del trámite de registro de marca.
2.- TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA, CONOCIMIENTOS O TECNICAS. Lo cual constituye la parte medular del contrato de franquicia. El maestro Torres Jiménez, advierte que puede ser conveniente suscribir contratos auxiliares como el de confidencialidad, comodato sobre manuales, suministro o licencia de software. Así mismo hay que considerar la inscripción del contrato de franquicia en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, a través del formato denominado “Solicitud de Inscripción de Licencia de Uso o Franquicia”
3.- ASISTENCIA TECNICA O COMERCIAL. Que se identifica con la capacitación del personal por parte del franquiciante a su franquiciado y el auxilia en los temas de mercadotecnia y publicidad, capacitación que debe ser impartida por personal que conozca del desarrollo del negocio.
4.- CONTRAPRESTACION ECONOMICA. Siguiendo las ideas del maestro Torres Jiménez, algunos pagos que se pueden realizar son:
a) renovación de franquicia
b) capacitación
c) adecuaciones al establecimiento
d) regalías
e) cuotas de publicidad
f) contabilidad
g) papelería
h) renta del inmueble o suministro de materia prima

Por último, el franquiciatario deberá guardar durante la vigencia del contrato y una vez terminado este, la confidencialidad sobre la información que tenga dicho carácter y que sea propiedad del franquiciante, así como de las operaciones y actividades celebradas al amparo del contrato. En caso de violaciones a lo contratado por algunas de las partes se dará lugar al pago de las penas convencionales que se hubieran pactado o a la indemnización por daños o perjuicios causados.

miércoles, 30 de marzo de 2011

EXPO PYMES EN CRECIMIENTO 2011


Este evento que concentro la semana pasada a un gran número de emprendedores y empresarios, ha dejado a nuestro modo de ver un grato sabor de boca. Pues al lado de las opciones más socorridas como lo fueron el financiamiento y las oportunidades de negocio, también encontramos actividades novedosas como las ruedas de negocios, en donde oferentes y consumidores encontraron soluciones a los problemas para hacer negocios.
Podemos decir que nuestra participación, como ya se conoce, se dirigió a crear alianzas que permitan superar los nuevos retos a los que se enfrenta la empresa en un escenario de híper competencia. Así, se constata que el derecho de empresa –conjunto de normas que rigen la actividad comercial y empresarial - juega un papel muy importante y nuestra organización propugna por un rol más dinámico de los profesionales que lo ejercemos. El diseño de propuestas contractuales suficientes e idóneas para enfrentar los retos del mercado, prevenir conflictos de carácter laboral o comercial con clientes insatisfechos, el papel de las relaciones laborales y la nueva era de digitalización de las obligaciones fiscales, son sólo parte del panorama que debemos enfrentar. Nuestra organización consiente con ello, agradece a quienes nos consultaron y nos han brindado un voto de confianza en la formación de alianzas que permitan superar estos temas, a todos ellos nuestro más sincero agradecimiento.

miércoles, 5 de enero de 2011

3 PRINCIPIOS RECTORES PARA UNA COBRANZA EFICAZ


A raíz de las notas relacionadas con este tema, pensamos que el sistema de cobranza representa sin duda un tema clave para la empresa, pues del correcto flujo de efectivo se desprende también la pronta satisfacción de los compromisos adquiridos con los proveedores, por ello compartimos con Ustedes lo que a nuestro juicio deben ser los principios rectores de su sistema de cobro:

1)EL COBRO COMO PARTE DEL SERVICIO. No hay que olvidar que un cliente insatisfecho le comunica esto cuando menos a 28 más, según artículos publicados por especialistas, lo que para la empresa significa hacer un gran esfuerzo de captación de clientes, a través de una mayor inversión publicaría.

2)HAZ CUENTAS Y COMPARA.El cobro que amenaza, amedrenta o chantajea; causa repulsa y deja una mala experiencia,se inhibe el interés de compra.¡CUIDADO!,puedes estar perdiendo a la larga como lo hemos dicho.

3)LA COBRANZA ASUNTO DE PROFESIONALES.Podemos terminar diciendo: "dimé como cobras y te diré si vendes".El profesional del derecho asesora también al deudor, en como poder pagar y muestra el panorama en caso de incumplimiento. Si se es más ambiciosos el diseño del convenio de pago debe ser viable, es decir, involucra un análisis de la capacidad de pago del deudor,pero basado en sus activos y no solo en buenas intenciones.

TE INVITAMOS A CONOCER DE ESTE SISTEMA QUE PROPONEMOS,HAZ CONTACTO CON NOSOTROS.